Pluralismo jurídico, uso alternativo del derecho y derecho alternativo

En este núcleo se apunta al estudio del pluralismo jurídico en la medida que se compruebe alguna forma de contradicción entre sistemas normativos que coexisten en el mismo territorio y que el sistema hegemónico no pueda resolver satisfactoriamente. Se pretende revisar las doctrinas jurídicas monistas que sostienen el monopolio estatal absoluto de la violencia legítima y la producción legal. Esta revisión o deconstrucción de la eficacia del derecho estatal se realizará desde las manifestaciones de diversidad cultural y jurídicas, suficientemente importantes como para colapsar el sistema hegemónico, interrumpiendo el reconocimiento de la norma estatal o conduciendo a mecanismos sociales de desobediencia activa.

Aquí se encuadran dos fenómenos contemporáneos de gran visibilidad: el uso alternativo del derecho y el denominado derecho alternativo. Desde el primero vamos a explorar los mecanismos jurídicos del sistema a la luz de una interpretación diferente en la producción jurídica integral del estado, que comprende tanto la jurisprudencia como el nuevo pensamiento jurídico, articulada a un proceso de cambio en lo sujetos sociales. Desde el segundo se van a examinar estos procesos en su naturaleza original, como derecho insurgente, claramente opuesto al estatal, sobre todo en las posiciones antagónicas que puedan presentar los principios de legalidad y legitimidad.

El núcleo trabajara sobre las expresiones sociales de protesta, en la medida que éstas van creando formas obligatorias diferentes y en algunos casos hasta opuestas al derecho estatal. Centra la atención en el colapso de los mecanismos institucionales de obediencia y las limitaciones del control social tradicional.

En cuanto al derecho indígena las investigaciones se focalizan en las formas normativas aborígenes que se incorporan o distancian del derecho hegemónico y que puedan ser analizadas como sistemas judiciales alternativos.

Se examina y compara en este ámbito la evolución de los precedentes judiciales donde se reconocen modificaciones de los paradigmas jurídicos clásicos. Este abordaje apunta al reconocimiento y comprensión de las formas alternativas que existen en el uso del derecho dentro del propio sistema legal, a la vez que de los mecanismos de adecuación de las prácticas judiciales a los problemas sociales que no se encuadran estrictamente en las formas legales.

@dministrador

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